Las personas que cumplan estrictamente con los requisitos, favor remitir CV a la dirección electrónica rpaz@mintra.gob.pe con el asunto: ESPECIALISTA III hasta el martes 14 de agosto del 2007 a horas 5pm.
Atentamente,
Roxana Ramos Paz
Dirección Nacional de la MYPE
Av. Salaverry Nº 655 Jesús María. Lima
DIRECCION NACIONAL DE LA MYPE
TÉRMINOS DE REFERENCIA
Especialista en Políticas de Promoción para la Micro y Pequeña Empresas
I. DEPENDENCIA QUE REQUIERE EL SERVICIO
Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa. Dirección de Desarrollo Empresarial. Sub Dirección de Promoción Empresarial
II. DESCRIPCION BASICA DEL SERVICIO
2.1 Antecedentes
La Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa (Ley Nº 28015), dispone entre otras cosas, la implementación de un Plan nacional MYPE que permita brindar orientaciones a diversas instancias públicas y privadas de cómo en una economía globalizada, las micro y pequeñas empresas pueden desenvolverse exitosamente ante esta nueva realidad.
Siendo el Plan Nacional MYPE, el articulador de la intervención de las instituciones públicas, en donde se refleja coherentemente la políticas del Estado en materia de promoción de la micro y pequeña empresa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2006-TR de fecha 8 de Mayo del 2006 para el periodo 2005-2009; se requiere contar con información procesada, analizada y actualizada, que permita medir el avance de políticas y acciones sectoriales en materia de promoción de las MYPE.
Estando la Dirección Nacional de la MYPE, en proceso de implementación del Sistema de Monitoreo y Evaluación del Plan Nacional de la MYPE, urge alimentar la base de información que articule las políticas nacionales, sectoriales y planes involucrados en el desarrollo de la micro y pequeña empresa, lo que contribuirá a consolidar el rol de MTPE en su calidad de ente rector y promotor de las Políticas de promoción a las MYPE.
2.2 Objetivo General
Procesar, analizar y consolidar información para el cumplimiento de Políticas de Promoción y desarrollo de Micro y Pequeña Empresas, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de la MYPE
2.3 Funciones:
a. Vincular las acciones sectoriales establecidas en las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del gobierno Nacional con las políticas del Sector en materia de promoción de las MYPE.
b. Revisar el margo regulatorio para el cumplimiento de políticas específicas de promoción a las MYPE.
c. Elaborar reportes consolidados de las acciones sectoriales establecidas en el Plan Nacional y los Planes Regionales de las Mype.
d. Analizar y consolidar la información recopilada en forma permanente y actualizada.
e. Informar periódicamente sobre el avance de las acciones mediante informes y reportes, según los requerimientos solicitados por la dirección.
f. Realizar presentaciones según los requerimientos solicitados por la dirección
g. Realizar otras actividades que sean necesarias para el cumplimiento del objetivo.
III. PRODUCTO A ENTREGAR
Informe consolidado mensual conteniendo:
- Reporte actualizado de acciones sectoriales en el marco de las políticas establecidas en el Plan nacional de la MYPE.
- Informe técnico consolidado sobre el avance de cumplimiento de las políticas sectoriales en el marco de la normatividad vigente y su articulación con las políticas del sector, conteniendo recomendaciones para el cumplimiento y seguimiento del Plan nacional de la Mype
IV. REQUISITOS MINIMOS
- Profesional titulado en Ciencias económicas, sociales o afines
- Experiencia o estudios relacionados con el diseño e implementación de políticas públicas.
- Conocimiento comprobado de la problemática de la MYPE a nivel nacional.
- Con experiencia laboral no menor de 5 años en proyectos vinculados a la promoción de la MYPE.
- Disponibilidad inmediata y a tiempo completa (sede Lima)
V. DURACION DEL SERVICIO
Dos meses, correspondientes a Setiembre y Octubre del 2007
VI. VALOR REFERENCIAL
Monto Total: S/. Ocho mil y 00/100 nuevos soles
De acuerdo al siguiente detalle y contra entrega del producto establecido en el numeral III:
Setiembre: S/. 4,000 (Cuatro mil y 00/100 nuevos soles)
Octubre: S/. 4,000 (Cuatro mil y 00/100 nuevos soles)
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario